Javier Milei: Ley Micaela y Mil días, ¡afuera!

La Ley Micaela es un ejemplo. Se trata de una normativa de 2019, votada por casi toda la Cámara baja –sólo se opuso Alfredo Olmedo– y por unanimidad en el Senado, que obliga al personal de los tres poderes del Estado a capacitarse en perspectiva de género. La “ley ómnibus” del Gobierno propone que la capacitación sea solamente para “las personas que se desempeñen en la función pública en los organismos competentes en la materia” y que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Capital Humano. Se supone que es en esa cartera donde se alojará una “Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género”, según el decreto presidencial 86/2023 publicado en el Boletín Oficial el 27 de diciembre.

Sin embargo, no se sabe aún quién ocupará el cargo, nombre que habían prometido para la semana pasada quienes se acercaron al ex-Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de parte de la ministra Sandra Pettovello.

La Ley Micaela lleva el nombre de Micaela García, en homenaje a la joven entrerriana de 21 años víctima de femicidio el 1° de abril de 2017. Fue violada y asesinada y su cuerpo fue abandonado en unos pastizales junto a la ruta. El femicida Sebastián Wagner había sido condenado a nueve años de prisión por la violación de dos mujeres, pero estaba en libertad condicional por decisión de un juez, a pesar de que el informe criminológico recomendaba no hacerlo. Esa es una de las principales razones por las que la capacitación excede a quienes trabajan en violencia de género.

Mil días

El proyecto propone numerosas reformas a la ley 27.611 de “Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia”, conocida como “Mil Días”. El proyecto fue sancionado por unanimidad de ambas cámaras a fines de 2020 y se plantea proteger, fortalecer y acompañar el cuidado integral de la vida y la salud de “las personas gestantes y las niñas y los niños” en sus primeros tres años. Lo primero que salta a la vista en la “ley ómnibus” es que ya no nombra a las niñas y, en lugar de “mujeres y personas gestantes”, sólo se refiere a “madres”. También omite el objetivo de “prevenir la violencia”, que figura en el artículo 1° de Mil Días.

También queda afuera el artículo 3° sobre los principios rectores, donde dice que se complementan con las leyes 26.061 (de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes) y 26.485 (de Protección Integral para Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres) “y en los sistemas de protección allí definidos”.

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